TERMINOLOGÍAS


  •  A CRÉDITO Operación Mercantil caracterizada por la enajenación actual de la propiedad de una cosa del acreedor al deudor. 
  • A CONTRARIO SENSU Locución latina el cual significa “en sentido contrario”. Se emplea como argumento cuando se deduce una consecuencia opuesta a lo afirmado o negado en una premisa dada. A CUENTA Pago parcial de una deuda a efectos de que sea imputado a su pago definitivo. 
  • A LIMINE Se emplea para expresar el rechazo de una demanda o recurso cuando ni siquiera se admite discusión, por no ajustarse a Derecho. 
  • A NON DOMINO Expresión latina. Por parte de quien no es propietario. Se aplica a la transferencia de un bien mueble o inmueble, hecha por quien no es su dueño. 
  • A QUO Se designa así al juez inferior cuya resolución es recurrida ante el tribunal superior. Se emplea también para designar el momento a partir del cual pueden producirse ciertos efectos jurídicos. 
  • AB INTESTATO Procedimiento judicial para la adjudicación del haber hereditario de una persona fallecida sin testar. Conjunto de bienes y derechos pertenecientes al que ha fallecido sin dejar hecha disposición testamentaria. 
  • AB IRATO Locución latina y castellana. Arrebatadamente, a impulsos de la ira, sin reflexión. Es usada frecuentemente en términos forenses para expresar el estado anímico de una persona en causada en un proceso, especialmente en los juicios criminales. 
  • ABANDONAR Dejar voluntariamente un bien, una cosa; renunciar a ellos.

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